¿Sabes lo importante que es separar nuestros datos personales de los de la empresa?

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    ¿Sabes lo importante que es separar nuestros datos personales de los de la empresa?

    En ESCUDA, intentamos rodearnos de los mejores especialistas, para proporcionar el mejor servicio a nuestros clientes. Es el caso de Ramon Arnó Torrades, excelente jurista y uno de nuestros referentes en materia de RGPD. Ramon nos aporta, con regularidad, interesantes comentarios sobre decisiones jurídicas y diversos artículos del ámbito de la protección de datos.

    Comenzamos estas publicaciones con dos cortas notas que, nos han servido de referencia para el post anterior. Con el deseo de ahondar más en estos temas, hemos querido compartir las reflexiones en su integralidad, pues, como lo veremos aquí abajo, a menudo, la tecnología y las leyes no están tan alejadas como podemos pensar.

    correo electronico control empresarial

    No siempre somos conscientes de lo importante que es saber separar los elementos de nuestra vida profesional de aquellos relacionados con nuestra vida personal, lo cual es un error, como lo prueban las dos sentencias que comentamos hoy aquí.

    Correos electrónicos del trabajador y control empresarial

    Los correos electrónicos privados del trabajador alojados en la cuenta de correo de la empresa ¿se pueden utilizar para despedir al trabajador?

    Pues no, según el Auto del T.S Sala de lo social de 24-09-2019, Ponente D. José Manuel López García De La Serrana.

    El auto señala que la revisión del correo electrónico borrado por la trabajadora despedida era necesaria para comprobar si existían tareas pendientes, pero que ante la aparición de correos de carácter privado entre dicha trabajadora y la hoy recurrente, la empresa debió eliminarlos o silenciarlos y respetar su confidencialidad.

    Por ello, la decisión de sacar el contenido de los correos enviados por la recurrente del ámbito privado en que se habían producido y su utilización como causa de despido, al igual que su incorporación al presente proceso, vulnera frontalmente su derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones, que protege a los comunicantes frente a cualquier forma de interceptación o captación del proceso de comunicación por terceros ajenos, sean públicos o privados, y con independencia de que el contenido del mensaje transmitido pertenezca o no al ámbito de lo personal, lo íntimo o lo reservado (STC 114/84, 70/02 y 123/08, entre otras).

    Aquí el texto completo

    Por lo tanto, aunque usemos el correo profesional para enviar un correo de índole personal, si esté está debidamente indicado como personal, la empresa (o su representante) no lo puede leer sin la presencia de su autor, ni usar en detrimento del trabajador.

    Sin embargo, como en todo, hay excepciones, como lo podemos ver en este otro caso.

    Caso de Delito de Revelación de Secretos debido al Reenvío de Correos desde la cuenta de la Empresa a la cuenta Particular

    Cuidado con el reenvío de correos electrónicos desde la cuenta de la empresa al correo particular … si después dejamos de trabajar en la empresa y nos vamos a la competencia

    Indicios de comisión de delito de revelación de secretos de empresa (arts. 278 y 279 del CP) en la actuación de la trabajadora que, antes de irse a trabajar a otra empresa de la competencia, envía desde el correo corporativo a su correo personal, los listados de clientes y las ofertas de la empresa para la que trabajaba, conducta prohibida en la Circular de Funciones y Obligaciones.

    El Auto de la AP de Barcelona de 22-11-2019, sección 3ª, analiza la actuación de una trabajadora de una empresa que, en los últimos días de enero de 2018, envió a su correo personal hasta doce e-mails con 501 ficheros adjuntos consistentes en listados completos de datos de centenares de clientes y potenciales clientes, detalles de cerca diez mil ofertas realizadas a los mismos, más otra información comercial para que pocos días después pasara a trabajar a una empresa de la competencia.

    A la vista de los indicios se acuerda continuar el procedimiento:

    Aquí el texto completo

    Es cierto que la empresa no puede usar en nuestra contra correos debidamente identificados como personales, mientras no contengan información, y menos información “sensible”, de la empresa.

    La protección de nuestros datos y de los la empresa es importante, por lo que, en caso de duda, no debemos vacilar en buscar ayuda profesional. Desde ESCUDA trabajamos continuamente en asegurar la seguridad de los datos y los activos de nuestros clientes. ¿Te interrogas sobre el RGPD o la ISO27001? ¿Necesitas consejo sobre cómo proteger los datos de tu organización? Puedes contactarnos llamando al: 931 931 848 o rellenando este formulario

     

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